Con este eslogan -más bien una declaración de intenciones- provocador y desafiante, el líder de la secta cristiana Iglesia Católica Apostólica y Romana (ICAR), el Sr. Bergoglio arengó el pasado día 16 de mayo de 2013 durante la misa en la Casa Santa Marta a sus fieles salir a evangelizarnos a quienes no compartamos sus creencias[1].
Quiere «convencernos» a la fuerza, nos guste o no nos guste, al margen de que nos sintamos agredidos por su proselitismo, de nuestra «necesidad» de ellos, de su doctrina, leyes y mitología, pues a fin de cuentas lo que nosotros pensemos, en lo que nosotros creamos, no tiene la menor importancia frente a su verdad exclusivista, bajo la que no caben más opiniones ni derechos que los suyos.
¿Y qué más da que existan unas leyes que nos protejan y unos derechos que salvaguarden nuestra libertad religiosa o incluso la potestad de no aceptar credo alguno? Ellos ya han decidido de antemano que tenemos que salvarnos de algo, de sus demonios y miserias y que solo a través de esclavizar nuestra voluntad y someternos a su palabra, conseguirán iluminarnos y traernos «su» paz -sumisión absoluta-.
Nuestra legislación contempla el derecho de todo Culto a practicar el proselitismo[2], esto es, la potestad de tratar de convencernos para su causa o a su fe, lo que muchas veces se traduzca en hacernos creer que les necesitamos y que debemos aceptar sus filosofías. Hasta ahí todo bien, pues entendemos lícito permitir y amparar que cada cual tenga el derecho a proponernos sus ideas o creencias y tratar de garnos para su causa o Culto.
¿Cómo se puede bendecir la coacción religiosa hasta el punto de decir, «y si molestamos, bendito sea el Señor»?
Si bien el art. 16 de la Constitución Española (CE) ya anuncia la legitimidad de este derecho[3], no será sino a través de la legislación en materia de Libertad Religiosa, que éste se pormenorice y desarrolle. En concreto los Cultos proselitistas se acogen a la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa (LOLR), art. 2º.:
«Dos. Asimismo comprende el derecho de las Iglesias, Confesiones y Comunidades religiosas a establecer lugares de culto o de reunión con fines religiosos, a designar y formar a sus ministros, a divulgar y propagar su propio credo, y a mantener relaciones con sus propias organizaciones o con otras confesiones religiosas, sea en territorio nacional o en el extranjero.» (La negrita es nuestra).
Aunque este derecho tiene su «pero», que no puede ser otro sino respetar la libertad del prójimo, si bien esta segunda parte de todo derecho que se ejerce, que es no ir más allá de donde empiece el de terceros, no suele recibirse con demasiado entusiasmo sobre todo entre los Cultos Abrahámicos[4], acostumbrados a querer salvarnos aún a costa de nosotros mismos. Y es aquí donde las declaraciones del Sr. Bergoglio alcanzan a nuestro entender el escándalo.
¿Cómo es posible que el líder de una creencia seguida por 1.200 millones de personas, que ayer reclamó que los Estados garanticen la libertad religiosa de todos sus ciudadanos[5] -aunque a su manera, barriendo para sí, claro-, un día antes animase que sus fieles nos aborden al resto y traten de convencernos, aunque nos «moleste», aunque no queramos, para que abandonemos nuestras creencias y aceptar las suyas? ¿Cómo que aunque nos moleste, que nuestra voluntad carezca de importancia, que a nuestra costa instigue a que nos presionen para hacernos católicos sin contar con nuestro consentimiento? Más aún ¿Cómo se puede bendecir la coacción religiosa hasta el punto de decir, «y si molestamos, bendito sea el Señor«?
Resulta bochornoso, de vergüenza ajena que tengamos que ver cómo el líder de la ICAR anima al juego sucio, presuntamente a instigar para transgredir la ley, a saltarse los derechos fundamentales con total impunidad como si fuese la única religión y el ser humano no tuviese otra alternativa ¿Acaso no es esto lo que se denuncia de una secta destructiva? Porque no nos llevemos a engaño, «molestar» en materia de derechos fundamentales no es una broma, es una agresión.
Causar molestia es fatigar, perturbar, extorsionar, enfadar, fastidiar, inquietar[6]… ¿Es esto lícito? ¿Ha sido consciente el Sr. Bergoglio que estaba instigando a vulnerar un derecho fundamental? Lo dudamos, pero no por inconsciente, sino porque realmente no creen en estos derechos ni se creen obligados a respetarlos ¿Dónde queda lo que no quieren leer, lo que también dice la Ley?
«Uno. La libertad religiosa y de culto garantizada por la Constitución comprende, con la consiguiente inmunidad de coacción, el derecho de toda persona a:
a) Profesar las creencias religiosas que libremente elija o no profesar ninguna; cambiar de confesión o abandonar la que tenía; manifestar libremente sus propias creencias religiosas o la ausencia de las mismas, o abstenerse de declarar sobre ellas.
b) Practicar los actos de culto y recibir asistencia religiosa de su propia confesión; conmemorar sus festividades, celebrar sus ritos matrimoniales; recibir sepultura digna, sin discriminación por motivos religiosos, y no ser obligado a practicar actos de culto o a recibir asistencia religiosa contraria a sus convicciones personales.» [7] (La negrita es nuestra).
No tienen ninguna intención de respetar nuestros derechos fundamentales, nunca la han tenido, solo quieren la potestad de poder privarnos de ellos. Y esta es su lucha diaria contra las democracias occidentales y el pan de cada día de las teocracias. Y aquí es donde nosotros deberemos marcar sin titubeo una línea, una frontera que impida que nos avasallen con esta impunidad, no al menos sin que les llevamos ante la Justicia, no podemos permitir que nos engañen por segunda vez, porque ahora la culpa de lo que nos ocurra será nuestra.
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1. ROME REPORTS® TV News Agency.
2. DRAE. Proselitismo. 1. m. Celo de ganar prosélitos… (Del lat. tardío prosely̆tus, y este del gr. προσήλυτος). 1. m. Persona incorporada a una religión. 2. m. Partidario que se gana para una facción, parcialidad o doctrina.
3. CE. Artículo 16 Libertad ideológica y religiosa «1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley. 2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias. 3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.«
4. Cultos Abrahámicos. Entendemos como tales los relativos al judaísmo, el cristianismo y el islamismo.
5. infoCatólica.
6. RAE. Molestia.
7. LOLR. Art. 2º.