Después de leer la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Educación Religiosa para el Curso 2014/15, que con más o menos diferencias se reproduce en el resto de España, no podemos evitar que resurjan entre nosotros sentimientos de impotencia y agravio por estar sometidos a un desarrollo legislativo profundamente injusto, desigual y quizá hasta rayano en lo anti-constitucional.
Al margen de la verborrea legalista de toda normativa e impreso administrativo que se precie de tal, llama mucho la atención la facilidad para mezclar conceptos enfrentados y antónimos con una naturalidad que espanta.
Resulta que lo que el Estado entiende por libertad religiosa en el ámbito educativo, es aquella que consiste en reconocer el derecho a la educación religiosa en las escuelas públicas y concertadas, exclusivamente, a las Confesiones religiosas que tengan acuerdos con el Estado.
Concretamente nos dicen que: “los centros docentes que imparten enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria o bachillerato, informarán a los padres, madres o tutores legales del alumnado, o a éste si es mayor de edad, de que el centro oferta la enseñanza de religión, de aquellas confesiones con las que el Estado tiene suscritos Acuerdos y, en su caso, historia y cultura de las religiones.” Y en el impreso a rellenar señalan que las religiones “agraciadas” son: Católica, Evangélica, Islámica, Judía ó en su defecto Historia y cultura de las religiones, aunque no se dice quienes impartirían esta última asignatura optativa.
A esto y al margen de leyes menores que se supone solo pueden desarrollar pero nunca corregir o deslegitimar a las de mayor rango, la Constitución Española, en la cúspide de todas ellas, dice sobre el particular:
“Artículo 14. Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Artículo 16. 3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
Artículo 27. 3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.“
A tenor del discurso jurídico de los poderes fácticos, que justifica esta aberración legal sacando a jugar al tercero en discordia: el notorio arraigo (un concepto ad hoc según el cual todas las religiones son iguales pero las que tengan más creyentes e implantación, tienen más derechos que el resto y por eso han de privilegiarse en detrimento de las otras) ¿estaremos obligados a aceptar que la Constitución Española es papel mojado? ¿Hemos de acatar una Constitución que sólo nosotros estamos obligados a cumplir y que el Estado incumple por sistema?
¿Qué papel tiene la igualdad sin discriminación alguna, frente a la discriminación por motivo del número de creyentes? Bajo este planteamiento ¿qué impide al Estado legislar privilegios para los diestros en detrimento de los zurdos?
¿En qué parte de la frase “…sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social“, dice que por la condición de mayoritarias o la circunstancia de mayor implantación, deban discriminarse por sus creencias a unas personas frente a otras? ¿Ser cristiano nos permite tener más derechos y privilegios que ser pagano?
¿Dónde dice que mantener “… las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones“, significa que no se deba cooperar con las demás Confesiones si carecen de notorio arraigo?
¿Qué poderes públicos garantizan a los creyentes de Confesiones religiosas sin el reconocimiento de notorio arraigo, “el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.“? ¿Tenemos los padres y madres paganos, el derecho a que nuestros hijos reciban en las escuelas una formación religiosa acorde con nuestras convicciones, como lo tienen los padres y madres de religiones con notorio arraigo?
Podrán justificarse como quieran, blindarse jurídicamente cuanto les plazca, apuntar mil y una razones que lo motiven, pero en su fuero interno saben mejor que nadie que lo que hacen se llama discriminar, que lo que pretenden se conoce como privilegiar y en definitiva, que lo que defienden no es la libertad, sino marginar a las minorías.
¿Por qué tenemos la impresión que han hecho de nuestra Carta Magna un contrato de “Preferentes”?
Nuestra pretensión ni tan siquiera pasa por emular lo que entendemos como rémora del Nacional-catolicismo, no queremos privilegios o que nuestra religión sea una asignatura más del sistema educativo, porque ni somos proselitistas ni entendemos que la religión haya de cursarse en los colegios, ni que decir tiene que menos aún hacer de nuestros cleros parte del funcionariado.
Pedimos que la religión deje de ser una asignatura, tampoco, claro, evaluable o si se quiere obligatoria. Nuestras reivindicaciones pasan por requerir que el Estado la elimine del cuerpo de materias lectivas, que se sustituya la Asignatura de Religión por otra de Filosofía e Historia de las Religiones y que desaparezca la figura del profesor de religión impuesto por las Confesiones. Que la cooperación del Estado a la que se refiere la Constitución, se ciña a poner a disposición de padres y alumnos de las instalaciones de los Centros para que, fuera del horario lectivo, tutores nombrados por las Confesiones puedan acercar a los alumnos que lo soliciten la religión de su preferencia, sin más costo para las arcas públicas que el derivado de los gastos de material y usos.
Somos pacientes y comprensivos, pero no hasta el punto de ignorar la desigualdad que sufrimos en materia religiosa, una “asignatura” pendiente para España que deseamos se resuelva lo antes posible y coloque definitivamente a nuestra Nación en el s. XXI.
(C) Fernando González-Wicca Celtíbera